Después De Una Excedencia Se Puede Solicitar El Paro

Como poder se puede, pero la compañía no debería si existe una baja facultativa. Tengo muchos años cotizados sin haber gastado el desempleo porque siempre he trabajado y a día completa, si me quedara en paro tendría una prestación pienso que de sobra de un año. Si hay baja facultativa, no se tiene derecho a cobrar el desempleo. Porque tengo entendido que a los 2 años de la excedencia si quiero regresar a mi puesto previo y no hay ubicación si puedo solicitar el paro.

Deberás solicitar una declaración de la otra compañía acreditando que te había prometido contratarte para tener derecho a paro. – ¿qué hay que presentar para solicitarla,puesto que mis hijos no tienen ningún tipo de minusvalía sino que únicamente son menores que por razón de edad no tienen la posibilidad de valerse por ellos mismos y que lógicamente no tienen capital propios?. No debería de extir inconvenientes, mientras que la excedencia se coja con la finalidad del precaución del menor, y no ampliar el tiempo de trabajo en el trabajo de autónomo. Quiero coger una excedencia o cualquier otro género de permiso legal, que me deje dedicarme a una ocupación de hostelería durante dos meses, gracias a incompatibilidad de horarios. En ocasiones algunos convenios recogen la prohibición de trabajar en otras compañías del ámbito, aunque pienso que ese género de limitaciones deberían ser nulas.

Oportunidad De Cobrar El Paro Tras Una Baja Voluntaria

Si es una excedencia facultativa, sí, puedes cobrar la prestación por desempleo sabiendo lo cotizado en la otra compañía. Depende de cuanto tiempo hayas solicitado la excedencia para entender que obligaciones tienes para no perder el derecho. Me refiero a nivel de derecho a prestación por desempleo, si la tendría igualmente una vez finalizado el contrato de dos años, siendo su final posterior a la baja voluntaria en el puesto en el que estaría en excedencia. Si te despiden o concluyen contrato temporal podrías cobrar la prestación por desempleo. El contrato a jornada completa o parcial no interfiere al paso que tienes derecho, sino más bien a la cuantía de la prestación. Hola, acabo de pedir una excedencia voluntaria de un año, ya que he sido convocada como profesora interina.

después de una excedencia se puede solicitar el paro

Llevo mas de 12 años trabajando en una empresa a tiempo completo donde tengo que viajar al extranjero muchas veces y 2 años como autónomo puesto que emprendí otro negocio con otra gente, a este negocio le he dedicado tiempos libres y ciertos fines de semana. Si existe un pacto de no rivalidad o del trabajo. Es curiosom pero justo antes de ingresar en la excedencia voluntaria los de RRHH me han insistido que si encuentro otro trabajo y me despidenm siendo cn excedencia facultativa no cobraria el paro. Si te reincorporas a la compañía que pides la excedencia, serías indefinido, pero ten en cuenta que no tienes reserva del puesto. Por otro lado, trabajar en otra empresa, es dependiente, de los acuerdos individuales que tienes al respecto o de si existe rivalidad desleal. La legislación no establece ningún período para tener derecho a desempleo, y la jurisprudencia ha considerado que no es exigible el período de los tres meses.

Cobrar El Paro Tras Una Baja Facultativa

Sí, a mi juicio, deberías tener derecho a desempleo. Pero sólo se tiene presente lo cotizado en los últimos seis años de pedir el desempleo. Depende del SEPE, pero comprendo que sí que va a tener derecho, no es necesario que pasen los tres meses salvo que señalen un periodo de tiempo de prueba no superado. Tras llevar trabajando 7 años en una compañía se me muestra la posibilidad de trabajar en otra compañía con mejores condiciones laborales, tras meditarlo profundamente decido cambiar de compañía.

Soy enseñante y hoy en día estoy en excedencia por perfeccionamiento profesional de un año de duración por comenzar a trabajar durante un curso en el extranjero, en un programa para profesores en países de charla inglesa. Con que justifiques y puedas acreditar que has entregado tu carta de baja voluntaria es bastante. La empresa podría ofrecerte un documento que lo indicase, pero frecuentemente no lo hacen. La excedencia no tiene implicación respecto a tu derecho a soliciar la lactancia, aun de esta forma me crea dudas, pero entiendo que sí que tendrías derecho. Se computa todo el intérvalo de tiempo cotizado en los últimos seis años. Trabajar en otra empresa que concluye la excedencia.

Si la empresa conoce y consiente, no podría ser fundamento posterior de despido disciplinario. Sí, puede denegarte la reincorporación si no existe un puesto para ti de forma indefinida, hasta que no permanezca un puesto. Nada impide tener 2 excedencias por cuidado de un menor, y comprendo que no se perdería el derecho de reserva de puesto.

¿cuándo Soliciar El Paro Tras Una Excedencia Voluntaria?

Sobre si tienes derecho a desempleo, sí, puedes cobrarlo si bien con matices como explico en el artículo. Puedes cogerla, pero no por que sea otra compañía -en tanto que eso es indiferente- sino más bien por que no hace falta aguardar cuatro años si una excedencia es por precaución de un familiar, y en este momento deseas solicitar una excedencia voluntaria. Sobre lo de trabajar en otra compañía te lo explico en la entrada.

No es cuestión de comunicar o no a la compañía, sino que el problema es la intención con la que se solicita la excedencia. No obstante, cuestión diferente es que la empresa logre llegar a tener conocimiento de estos hechos, y si estos hechos pueden considerarse como un incumplimiento del trabajador y ser sancionada o despedida por este motivo, que es una cuestión más discutible. Mientras la excedencia por cuidado de un hijo esté activa, no se tiene derecho al paro. Es una práctica habitual del SEPE, debería valer con la carta en la que indicas que la excedencia no ha finalizado.

Al empezar en la empresa de aviación pues sólo la contrataron seis meses y luego quedó en el paro cobrándolo, en tanto que generó paro de esta última empresa. Si es un contrato temporal de un par de meses que finaliza al fin contrato temporal, deberías tener derecho a paro. De cara al SEPE, lo que figura es la baja facultativa del día 4 de marzo, conque entiendo que no tienes derecho a desempleo, pero intentaría pedirlo indicando que has trabajado en esa compañía, por si tienes suerte y te lo conceden. Si es un periodo de tiempo de prueba no superado, seguramente no tendrás derecho a desempleo.